Calculadora de finiquito

Los días trabajados del último mes, las pagas extra devengadas y las vacaciones sin disfrutar — lo que se cobra siempre, se vaya como se vaya.

Sólo si cobras las extras aparte. Cada extra se devenga en seis meses.

2940,90 € de finiquito bruto

Días trabajados del mes
986,30 €
Vacaciones no disfrutadas
526,03 €
Parte proporcional de la paga extra
1428,57 €
Finiquito bruto
2940,90 €
Salario diario de referencia
65,75 €

El finiquito no es una indemnización: es dinero que ya has ganado y todavía no has cobrado. Se paga en cualquier salida —despido, fin de contrato o baja voluntaria— y firmarlo no impide reclamar después si las cuentas no salen.

Los tres conceptos

Días trabajados del mes de salida: el salario diario por los días efectivamente trabajados, incluidos festivos y fines de semana intermedios.

Vacaciones devengadas y no disfrutadas: por convenio suelen ser 30 días naturales al año, que se generan a razón de 2,5 días por mes trabajado. Si te vas en julio habiendo disfrutado cinco días, te deben la diferencia.

Pagas extra: cada una se devenga a lo largo de seis meses. Si cobras la de verano en junio y te vas en noviembre, llevas cinco meses generados de la de Navidad. Con las extras prorrateadas en doce pagas este concepto no existe: ya lo has ido cobrando mes a mes.

Lo que no debería aparecer

El finiquito no incluye la indemnización por despido, que va aparte y con su propio cálculo. Tampoco descuenta el preaviso salvo que seas tú quien se marcha sin darlo, en cuyo caso la empresa puede descontar los días de preaviso incumplido.

Del importe bruto se descuentan cotización e IRPF, igual que en una nómina normal.

Preguntas frecuentes

¿Puedo firmar el finiquito y reclamar después?
Sí, si añades «no conforme» junto a la firma. Firmar a secas puede interpretarse como saldo y finiquito, es decir, como renuncia a reclamar. La firma sólo acredita que has recibido el dinero.
¿Se cobra el finiquito si dimito?
Siempre. Es dinero devengado, no una compensación por la salida. Lo que no se cobra al dimitir es la indemnización.
¿Y si tengo vacaciones de más disfrutadas?
La empresa puede descontarlas del finiquito, porque las disfrutaste a cuenta de un año que no vas a completar. El descuento se hace al mismo salario diario.

Fuentes

Cifras vigentes en 2026. Los resultados son orientativos y no sustituyen a una asesoría laboral o fiscal.

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