Calculadora de interés simple

Intereses de un periodo en días, meses o años, para intereses de demora y préstamos cortos.

Con días se emplea el año comercial de 360 días, el que usan bancos y tribunales para estos cálculos.

5000,00 € al 3,25 % generan en 90 días 40,63 € de intereses.

Intereses
40,63 €
Capital más intereses
5040,63 €
Intereses por día
0,45 €
Proporción sobre el capital
0,81 %

El interés simple se calcula solo sobre el capital inicial, sin sumar los intereses ya generados. Es lo habitual en intereses de demora, préstamos cortos y descubiertos en cuenta.

La fórmula es capital por tipo por fracción de año. La discusión suele estar en ese último factor: si el año tiene 360 o 365 días, el resultado cambia algo más de un uno por ciento.

Año comercial y año natural

El año comercial de 360 días asigna treinta días a cada mes. Se usa mucho en banca porque hace comparables los meses y simplifica la cuenta.

El año natural cuenta los días reales y divide entre 365. Es más exacto y es lo que suele aplicarse cuando la duración se expresa en fechas concretas y no en meses redondos.

Interés legal e interés de demora

El interés legal del dinero lo fija cada año la Ley de Presupuestos, y el de demora tributario es ese mismo tipo incrementado en un 25 %. Los dos se publican en el BOE y cambian de un año a otro.

Entre empresas, la Ley 3/2004 contra la morosidad fija un tipo de demora bastante más alto: el del Banco Central Europeo más ocho puntos, y se aplica sin necesidad de pactarlo.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo reclamar intereses de demora?
Desde que la deuda es exigible y no se ha pagado. En operaciones comerciales, la ley de morosidad los devenga automáticamente al vencer el plazo, sin hacer falta reclamación previa.
¿En qué se diferencia del interés compuesto?
En el compuesto los intereses se suman al capital y generan a su vez intereses. En el simple la base no cambia: en periodos cortos la diferencia es pequeña, y a lo largo de años es enorme.

Fuentes

Cifras vigentes en 2026. Los resultados son orientativos y no sustituyen a una asesoría laboral o fiscal.

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